Negocios
Con vida el litigio por los bonos de pensiones.
Apelativo concluye que los retirados tienen derecho a demandar a nombre de la ASR
La demanda es de dos retirados contra UBS Financial Services y otras 11 casas de corretaje por la emisión de bonos de obligaciones de pensiones. (Archivo)
Por Joanisabel González / joanisabel.gonzalez@elnuevodia.com
Mientras decenas de inversionistas locales han perdido millones de dólares por la volatilidad en los bonos de Puerto Rico y la baja en los activos de los fondos mutuos locales, el Tribunal de Apelaciones dio paso a la demanda de dos retirados contra UBS Financial Services y otras 11 casas de corretaje por la emisión de bonos de obligaciones de pensiones (POB, por sus siglas en inglés).
La determinación del panel integrado por los jueces Eric Ramírez Nazario, Carlos Cabrera y Roberto Rodríguez Casillas revocó una decisión del Tribunal Superior que desestimó el litigio encabezado por dos retirados de la Administración de los Sistemas de Retiro (ASR) como secuela de la controversial transacción.
En contrapeso, el Tribunal Supremo de Estados Unidos y la corte federal del distrito de Puerto Rico desestimaron un litigio contra la casa de inversiones relacionado con los POBs.
En síntesis, los demandantes -Pedro José Nazario y Juanita Sosa Pérez- alegan que la principal casa de corretaje de Puerto Rico, otras 11 casas de inversiones, varios de sus ejecutivos y la junta de directores de la ASR violaron el deber de fiducia al aprobar y posteriormente, vender los POBs. La emisión, vendida enteramente entre inversionistas de Puerto Rico y hace poco más de cuatro años, agravó el estado financiero de ese plan de pensiones, alegan los jubilados.
El matrimonio reclama al menos $500 millones en daños y perjuicios y radicó el pleito -el primero en su índole a nivel local, que se sepa- luego de que la ASR no hiciera lo propio. El Tribunal Superior desestimó el caso por entender que los demandantes no tienen derecho a incoar el pleito.
En febrero pasado, El Nuevo Día reveló que la junta de directores de la ASR aprobó “un reclamo extrajudicial” contra las firmas de corretaje que trabajaron los POBs, pero la ASR no acató la decisión del cuerpo rector.
La demanda discurre al tiempo que la ASR cerró el plan de contribución definida que prevaleció por más de cinco décadas bajo la ley 447. Ello modificó, desde julio de este año, la forma en la que se determinan las pensiones, exige que los participantes activos aporten más dinero y aumentó el requisito de edad para la jubilación.
“Los apelantes son beneficiarios de (la ASR) por las disposiciones y definiciones que provee el propio estatuto (la ley 447), por lo que no puede ser más claro que por ley ostenten el derecho que reclaman, conforme a lo que expresamente define nuestro ordenamiento procesal como legitimación activa”, agrega la sentencia en la que se indica que en la etapa en que se encuentra el litigio, no se discuten los méritos del caso sino quién tiene derecho a una súplica en el foro judicial.
“No es lógico ni razonable que se le delegue a la junta (de directores) la facultad exclusiva de acudir a los tribunales a expensas de eliminarle dicha facultad a los beneficiarios y a toda la matrícula de (la ASR), quienes son las personas de carne y hueso que de manera directa ostentan el derecho que reclaman. Máxime cuando la junta no actúa y uno de los beneficiarios actúa para proteger y/o asegurar su pensión; y en consecuencia, el bienestar de todo el sistema de retiro. Esa actuación está revestida del más alto interés público”, se agrega en la sentencia.
Nazario es un pensionado del Departamento de Hacienda y su esposa, Juanita, es jubilada del municipio de Carolina.
“El sacar de contexto la facultad de demandar y ser demandada de la junta, desvinculándola de su deber de cumplir con la ley 447, y peor aún, en detrimento de los propios beneficiarios de dicha ley, no nos parece que sea el análisis jurídico correcto”, reza la sentencia.
Victoria legal para UBS
La determinación del foro apelativo mantiene con vida el reclamo de los pensionados en el foro local en torno a los controversiales POBs.
En contraste, un reclamo parecido -y que pudo ventilarse en el Tribunal Supremo de Estados Unidos- quedó trunco. El pasado 26 de agosto, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos desestimó un litigio entre UBS y la Unión de Empleados de Muelles de Puerto Rico, luego de un dictamen separado en la corte federal de Puerto Rico, según un reporte de la agencia Reuters.
La corte federal en San Juan desestimó el litigio original de la UDEM al concluir que el sindicato no tenía estatus para continuar en el pleito.
Según la decisión, la UDEM vendió sus acciones en los fondos mutuos cerrados gestionados por UBS Trust -que a su vez, compraron los POBs- en algún momento mientras aguardaba por la apelación del caso. Al efectuar la venta, el sindicato logró ganancias “en al menos algunas de las transacciones cuando vendieron sus acciones”.
Ello impidió que la UDEM cumpliera con el requisito de “posesión continua” de las acciones para continuar con el litigio.
Como parte del pleito incoado hace más de tres años, un foro apelativo federal, concluyó, en un momento dado, que los ejecutivos de UBS pudieron haber incurrido en un conflicto de interés. Ello porque una de las filiales del banco de inversiones estructuró y vendió los POBs a nombre de la ASR y luego, otra de sus filiales, adquirió tales bonos como parte de los activos de los fondos mutuos cerrados que compró la UDEM.
De la orden suscrita por la jueza Aida M. Delgado Colón, no se desprende por qué razón la UDEM -en medio del litigio- vendió su participación. Pero ello dio paso a la desestimación del caso en San Juan y sirvió, a su vez, para que UBS prevaleciera en el máximo foro federal. De acuerdo con el servicio informativo del Tribunal Supremo estadounidense, ese foro tenía previsto ver el caso a partir de este mes y junio del 2014.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario