sábado, 29 de junio de 2013

Jubilados pierden el reclamo sobre los bonos


29 de junio de 2013
 

Jubilados pierden el reclamo sobre los bonos

Supremo falla que son concesiones legislativas y no parte de la pensión
 
El Supremo volvió a fallar de forma dividida, 5-4, con los mimos jueces que validaron la reforma del Retiro, reafirmando la validez de la Ley 3. (Archivo )
Por Israel Rodríguez Sánchez /israel.rodriguez@elnuevodia.com
La última esperanza que tenían los empleados jubilados -que ya reciben una pensión- de retener beneficios adquiridos se desvaneció ayer cuando el Tribunal Supremo determinó que los bonos de navidad, verano y otros aumentos pueden ser disminuidos como hizo la reforma al Sistema de Retiro.
En votación 5-4, los mismos jueces del alto foro que validaron recientemente la reforma al principal plan de pensiones del gobierno determinaron que esos beneficios no son parte de la pensión, sino concesiones legislativas.
“Definida la pensión como una ‘anualidad por retiro’ tenemos que concluir entonces que los otros beneficios concedidos no son parte de la pensión. Son beneficios adicionales que la Asamblea Legislativa ha concedido. En otras palabras, son lo que la ley dice que son: ‘otros beneficios’...”, lee la resolución del Supremo emitida ayer.
Los jueces destacaron que el trato desigual que la Legislatura ha dado a esos beneficios para los pensionados abonó a su conclusión. Precisaron que no todos los beneficios otorgados se sufragan del Fideicomiso del Sistema de Retiro.
“Conforme con lo antes expuesto, reiteramos que la eliminación de beneficios adicionales a los retirados que Ley Núm 3.-2013 (que reformó el Sistema de Retiro) no constituye un menoscabo que viole la Constitución”, lee la resolución firmada por la secretaria interina del Supremo, Camelia Montilla Alvarado.
La resolución contó con los votos a favor del juez presidente del Supremo, Federico Hernández Denton y de los jueces asociados Anabelle Rodríguez, Liana Fiol Matta, Rafael Martínez Torres y Roberto Feliberti Cintrón. Estos dos últimos son jueces de la nueva mayoría en ese foro judicial.
El juez asociado Luis Estrella emitió un voto particular disidente al que se unieron sus compañeros de mayoría Mildred Pabón Charneco, Erick Kolthoff y Edgardo Rivera García. Estrella insistió en que la pensión de un retirado está compuesta por su anualidad de retiro y otros beneficios que le sean reconocidos en ley .
“En el caso de autos, la Ley Núm. 3 ha eliminado por completo el aumento trienal de los exempleados públicos que ya se acogieron al retiro. Ello, a pesar de que tales beneficios deberían ser sufragados por los fondos del Sistema de Retiro, en ausencia de una fuente de financiamiento, y que, como resultado constituyen una parte esencial a su pensión”, expuso Estrella.
Esta acción “es inaceptable de cara a la protección constitucional en contra del menoscabo de las relaciones contractuales, la cual prohíbe que se menoscabe la pensión de un retirado, de forma alguna”, según Estrella.
Interpretación errónea
Para Estrella, la interpretación de los cinco jueces que determinaron con su voto que se pueden disminuir beneficios a los pensionados hicieron una interpretación errónea de que la pensión se reduce meramente a una anualidad por retiro.
“Como resultado, hoy este tribunal participa activamente en la privación de los beneficios que le fueron garantizados por el Estado a nuestros pensionados. Los jueces que hoy avalan la validez de la ilícita Ley Núm. 3-2013, olvidan que los tribunales representan el último garante de las protecciones inherentes a una democracia constitucional”, manifestó.
Estrella añadió que “si renunciamos tan fácilmente a nuestra responsabilidad como guardianes finales de las exigencias de la Constitución, ¿cómo habrá de prosperar la justicia? La respuesta a esta interrogante, compañeros, ha quedado enturbiada y ensombrecida por la resolución que hoy aprueba una mayoría en este tribunal. Por eso disiento”.

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